Lo que el fútbol puede enseñar a los profesores de derecho
Juan Antonio García Amado
Cuadernos de Fútbol n.o 187 | Junio 2026
Lo que el fútbol puede enseñar a los profesores de derecho
Autor: Juan Antonio García Amado
Publicación: Cuadernos de Fútbol, nº 187
Fecha: 1 de junio de 2026
Fecha de recepción: 22 de mayo de 2026
Fecha de aceptación: 25 de mayo de 2026
ISSN: 1989-6379
Resumen / Abstract:
El fútbol y el Derecho comparten más similitudes de las que aparentan. A partir de una comparación entre el reglamento futbolístico y la Constitución, el autor reflexiona sobre conceptos como la justicia, la imparcialidad y el respeto a las normas comunes. El texto defiende que tanto árbitros como jueces deben aplicar las reglas sin dejarse arrastrar por criterios subjetivos o intereses particulares, advirtiendo de los riesgos que supone convertir la interpretación moral en un poder por encima de la propia ley.
Football and Law share more similarities than they may appear to at first glance. Through a comparison between football regulations and the Constitution, the author reflects on concepts such as justice, impartiality, and respect for common rules. The text argues that both referees and judges must apply the rules without being influenced by subjective criteria or particular interests, while warning of the dangers of turning moral interpretation into a power above the law itself.
Comparemos la Constitución con el reglamento del fútbol: ¿hay una moral claramente subyacente a reglamento del fútbol? Sin duda. Se manifiesta en elementos como los siguientes:
- Las reglas de juego son las mismas para todos, no hay unas para unos equipos y otras para otros, dentro de la misma competición.
- El resultado de cada partido es y tiene que ser el que sale de aplicar las reglas iguales para los equipos, no el resultante de un juicio de merecimiento (qué equipo jugó mejor, cuál tuvo buena o mala suerte, cuál juega con más nobleza o mayor respeto al contrario...).
- Quien aplica las reglas en primer lugar, el árbitro, ha de que reunir ciertas características, sin las que el reglamento es papel mojado y el fútbol se torna otra cosa (política, corrupción, disputa grupal por cualquier medio...): conocimiento del reglamento, buena forma física y mental, experiencia adquirida categoría a categoría, acceso por mérito y capacidad acreditados, imparcialidad, independencia antes, durante y después de su desempeño, profesionalidad, apariencia clara de que no es un puro delegado de algún equipo grande, etc.
Lo anterior nos permite diferenciar entre la ética del juego y la justicia del resultado de cada partido. Y quien guste del fútbol como tal y no sea un mero fanático de un equipo tendrá que admitir que lo que hace justo el fútbol no es la justicia material del resultado de cada partido, según la opinión de unos o de otros o del mismísimo árbitro, sino la aplicación igual e imparcial de las normas del reglamento en todos los partidos.
Para el Derecho en general y para la Constitución particularmente, las claves son las mismas. Si entendemos bien que un árbitro no puede regalarle a un equipo un gol que no fue, so pretexto de que es el equipo que merece ganar (principio de merecimiento) o que juega más limpio (principio de deportividad) o que tiene menos recursos económicos (principio de equidad económica)..., y si entendemos que no puede tal o cual árbitro añadir, de su cosecha, reglas al reglamento para favorecer a unos o perjudicar a otros (por ejemplo, una que dijera que los equipos cuyos jugadores tengan un promedio de edad de treinta años o más tienen derecho a dos cambios adicionales durante los partidos), entenderemos también lo que han de hacer los jueces o el Tribunal Constitucional.
Cuando los árbitros cambian resultados de los partidos porque aplican el reglamento futbolístico de modo deliberadamente parcial o haciendo que su personal juicio moral domine sobre lo que las propias reglas marcan, destruyen el fútbol y lo vuelven otra cosa, además de que se convierten a sí mismos en titulares de un poder para el que no tienen ni competencia ni legitimidad.
Cuando jueces y magistrados imponen la moral suya (aunque la pretendan muy correcta y objetiva) como dirimente, por encima de lo que la ley y hasta la Constitución digan, se comportan como golpistas, destruyen el juego constitucional de todos y transforman el poder judicial en un poder político y politizado que acabará, siempre, dando la razón a los más poderosos, a los que más paguen o mejor regalen, a los más indecentes, a los mayores tiranos.
Bien lo estamos viendo ya aquí y ahora, y a estas alturas ya nadie puede llamarse ingenuamente a engaño. ¿O acaso ha existido una sociedad, una sola, en la que hayan sido los jueces los autores de las grandes reformas sociales en pro de la justicia, en defensa de la libertad y a favor de la igual garantía de los derechos para todos los ciudadanos?
La respuesta es que no y que es estructuralmente, materialmente imposible, más allá de algunas jurisprudencias simbólicas que nada importante modifican, aunque parezcan sumamente progresistas y avanzadas, como las que reconocen derechos a los ríos que nadie va a limpiar por eso o permiten a los perritos subir al apartamento en ascensor con su obeso propietario.