Miniatura
RESUMEN:

Siempre ha habido una tendencia natural a establecer la fundación de un club de football en base a la fecha de inscripción de la sociedad en los Libros Registros del Gobierno Civil correspondiente. En muchos casos, sobre todo en los clubes fundados en el siglo XX, la coincidencia entre fecha de fundación y de inscripción

ETIQUETAS:

PDF

Una de gobiernos civiles

De
Download PDF

Siempre ha habido una tendencia natural a establecer la fundación de un club de football en base a la fecha de inscripción de la sociedad en los Libros Registros del Gobierno Civil correspondiente. En muchos casos, sobre todo en los clubes fundados en el siglo XX, la coincidencia entre fecha de fundación y de inscripción en el Libro Registro del Gobierno Civil era total. Es el caso por ejemplo de dos de los clubes importantes de nuestro país como son el FC Barcelona y el Sevilla FC. En ambos casos su fecha de inscripción en el libro registro de asociaciones coincide absolutamente con su fecha de fundación.

 Es pues el motivo de este artículo, dada la existencia de innumerables versiones sobre el asunto, el de ilustrar que no todos los Gobiernos Civiles funcionaban igual y que por tanto se hace fundamental estudiar en primer lugar las circunstancias de dicho Gobierno Civil para después considerar, de uno u otro modo, la información que sus libros nos suministre.

 Es muy probable pues que el funcionamiento de los diferentes Gobiernos Civiles de cada provincia fuera asimétrico y que por tanto hubiera determinados aspectos que se abordaran, en cada uno, en base a la realidad misma de dichas poblaciones. Entender estas circunstancias es vital para sacar conclusiones adecuadas, no sólo para un Club sino para todos los demás.

 Para explicar este hecho que pongo de relieve exponemos el caso del Gobierno  Civil de Huelva. ¿Quién podría llegar a pensar que un Gobierno Civil de Provincia pudiera albergar dos libros de registro de asociaciones diferentes, uno para sociedades «nacionales» y otro para «extranjeras o foráneas?. Pues ese era precisamente el caso del Gobierno Civil de Huelva. Veámoslo con detalle.

 Las pruebas:

Gracias a la documentación aportada por D. Alfredo Moreno Bolaños, gran historiador Riotinteño, podemos saber que el Club Inglés de Rio Tinto presenta su reglamento el día 16 de Agosto de 1901, registrado en el nº17 del «libro correspondiente» del Gobierno Civil y en base a la actual ley de Asociaciones.

 150

Se pone de relieve la existencia de «un libro» en cuyo nº 17, obviamente iría anotado la presentación por parte del «Club inglés de Rio Tinto» de esos reglamentos a los que se refiere la imagen anterior. En verdad, y con objeto de ser rigurosos, desconocemos si es el primer reglamento que se presenta o si se trata de una modificación de otro existente, más si tenemos en cuenta que en el «Club Inglés de Rio Tinto» existen copias de reglamentos pertenecientes a las últimas décadas del siglo XIX.

 Fuere como fuere, e independientemente que dicho libro al que hacemos alusión aquí y en el que fue presentado el citado documento del Club de Rio Tinto no se conserva, se constata la existencia de un primer libro de registro en el Gobierno Civil de Huelva.

 Y obviamente, como ya hemos adelantado, existe otro libro de registro de Asociaciones, que en este caso sí que se conserva en el Archivo Histórico Provincial, y que como comprobaremos es distinto al anterior.

 ¿Por qué es distinto?; simplemente porque si comprobamos el asiento nº17 de dicho libro de Registro que sí se conserva, la sociedad a la que hace referencia el asiento es otra distinta al «Club Inglés de Rio Tinto». Las conclusiones no pueden ser más claras: Hubo dos libros claramente diferentes y que debían reflejar sociedades o asociaciones «con componendas diferentes» o que simplemente requirieran un tratamiento especial, eso lo desconocemos.

 Sin embargo, mucho más adelante, el Club Inglés de Rio Tinto pasa también a formar parte del libro de Registro que actualmente se conserva, y en concreto en el asiento 1487 del mismo.

 230

 ¿Significaba esto que hubo un periodo en el que el Club Inglés de Rio Tinto no estaba legalmente establecido conforme a lo requerido por la Ley de Asociaciones y el Gobierno Civil?

 La respuesta es obviamente que NO. Esto se demuestra a partir de otro documento, mostrado más abajo, que nos ha sido cedido por el Historiador D. Alfredo Moreno Bolaños y en el que puede comprobarse como el 28 de Julio de 1941 la sociedad recibe la revisión por parte del Gobierno Civil con objeto de la nueva designación de la directiva; algo necesario por la Ley entonces vigente para las sociedades con elevado nº de extranjeros entre sus miembros (orden circular nº16 de 21 de Abril de 1941). Es entonces y con motivo de tal revisión cuando la sociedad «Club Inglés de Rio Tinto» aparece por primera vez en el libro registro de asociaciones llamémosle inicialmente «nacionales», sin que ello, como se puede entender, quiera decir en absoluto que dicha sociedad hubiera estado hasta entonces en situación ilegal desde el punto de vista del Gobierno Civil.

 320 

El caso del Recreativo de Huelva:

 El caso del Recre guarda un gran paralelismo con el del Club Inglés de Rio Tinto. Veamos.

 El 18 de Mayo de 1903 el Recreativo, tras llevar algunos meses funcionando ya sin ser co-gestionado por el Seamen´s Institute de la capital, presenta ante el Gobierno Civil sus nuevos reglamentos, y dicho acto queda registrado en el nº 20 del «libro correspondiente».

 416

 Previamente entre 1896 y 1903, el «Huelva Recreation Club» había sido cogestionado por el propio Instituto Marinero de la capital (Seamen´s Institute), sirviendo desde entonces en gran medida a proporcionar distracción deportiva a los marineros y gente del Staff británico que llegaban a Huelva. He aquí el acta del 27 de Marzo de 1896 del Seamen´s Institute en el que se acuerda por el propio Dr. Mackay que la gestión del Recreation Club pase a manos de dicho organismo (para completar convenientemente la información relativa a las vicisitudes y actividades «footballisticas» del «Recreation Club» bajo la gestión del Seamen´s Institute, le indicamos en dónde obtener prolija información:

 http://www.cihefe.es/cuadernosdefutbol/2009/11/el-recre-entre-1893-y-1904-una-etapa-de-hermetismo/):

 58

Pasado ya 1903, y debido a la presión popular de la juventud onubense el Club vuelve a reabrirse a la sociedad, volviendo a tener «vida activa» de cara a dicha sociedad y reorganizándose de forma que volvía a ofrecer actividades deportivas para la juventud onubense, dejando atrás su etapa de servicio cerrado y privado a los socios del staff y marineros del Seamen´s Institute.

 Pero retomando la temática relativa a la inscripción del nuevo reglamento del Club Decano en el Gobierno Civil, al igual que en el caso del «Club Inglés de Rio Tinto», si nos dirigimos al Libro Registro que se conserva en el archivo histórico provincial y comprobamos el titular del asiento nº 20, podemos aseverar que dicho asiento corresponde a otra asociación que nada tiene que ver con el Club Decano.

 Este hecho corrobora por tanto, de nuevo, la existencia de dos libros de registro en el Gobierno Civil de Huelva entre finales del siglo XIX y principios del XX.

 Pero, ¿fue Mayo de 1903 la fecha en la que el «Recreativo de Huelva» quedó por primera vez inscrito en un Libro Registro, conforme a la Ley de 1887?.

 Lo primero que cabe constatar es que lo que presentó el Club al Gobierno Civil fueron los «nuevos reglamentos», y es precisamente ese acto, simplemente, lo que queda comunicado y registrado en el asiento 20. Algo similar, si recordamos, a lo que sucede con el Club Inglés de Rio Tinto. Por ello, es importante subrayar este hecho, pues parece no ser en absoluto una primera notificación de «legalización» del Club Decano, sino el registro y comunicación de unos «nuevos reglamentos».

 Es preciso recordar, para aquellos que lo desconozcan, que en algunos Gobiernos Civiles, el Libro registro era empleado como mera guía de comunicación de actos, en la que se registraban las diferentes actuaciones de las distintas asociaciones; pudiendo encontrar en asientos diferentes a la misma sociedad o asociación. Obviamente la primera comunicación de una sociedad (y por tanto el primer asiento o nº de registro en el que apareciera) debía corresponder al hecho mismo de su fundación o al de, en el caso de sociedades fundadas previamente, su «inscripción conforme a la Ley de 1887». No obstante habría que puntualizar, otra vez, que cada Gobierno funcionaba, dentro de unos límites, de forma peculiar, así que habría que estudiar cada caso en particular.

 Desconocemos las anotaciones en 18 de los 19 registros anteriores al nº 20 del Club Recreativo en el libro registro desaparecido. Pero si tenemos en cuenta el acta de constitución del «Huelva Recreation Club» en diciembre de 1889, podemos comprobar el papel predominante de personalidades de la época en el propio Club; tales como, precisamente el propio Gobernador Civil, el secretario del Gobernador Civil, el Gobernador Militar, el secretario del Gobernador Militar, el Alcalde, el presidente de la Diputación, el presidente de la Audiencia Provincial etc…

Parece pues muy poco probable que el «Huelva Recreation Club» no estuviera ya en el mismo momento de su constitución oficial, registrado en el Gobierno Civil de la provincia, y por tanto que fuera el titular de algunas de esas 18 anotaciones anteriores al registro nº20, desconocidas, del mismo Libro Registro en el que en 1903 registrara sus nuevos reglamentos.

 Aquí cada uno puede sacar sus conclusiones como les plazca.

 69

 Sin embargo, y tal y como le sucedió al «Club Inglés de Rio Tinto», el «Recreativo de Huelva» finalmente también aparece inscrito en el libro registro que se conserva en el Archivo histórico provincial de Huelva; en este caso en el asiento 696 y 1471. En éste último, tal y como puede leerse, haciendo referencia al asiento «original» 696 de ese libro.

 Este hecho por cierto, confirma lo que antes indiqué sobre que en algunos Gobiernos los libros de registro eran considerados como Guía de anotación de las comunicaciones diversas de las diferentes asociaciones. Así, al menos en este caso, funcionaba el Gobierno Civil de Huelva.

 77

 Pero, ¿porqué pasa el Club Decano a inscribirse en 1927 en el Libro Registro de las sociedades llamémoslas «nacionales»?.

 Bien, la razón hay que buscarla en los nuevos acuerdos fijados precisamente en 1927 por la FEF para que los Clubes de fútbol que participaran en competiciones oficiales en sus respectivas federaciones regionales, a partir de ese año, estuvieran legalmente registrados y actualizados conforme a la Ley de

Asociaciones de 1887 entonces vigente (Este acuerdo o exigencia para con los Clubes nacionales está reflejada en el anuario de la FEF para dicha temporada).

 Es obvio por tanto que el Club debía presentar a la NACIONAL los documentos legales oportunos avalados por las autoridades, así que la sociedad «Club Recreativo» debía ser objeto de una «revisión o actualización legal» por parte del Gobierno Civil con objeto de expedir el certificado de conformidad que debía remitirse a la FEF.

 Así que lo que se refleja en el Libro Registro de Asociaciones en el asiento 696, con fecha de 1927, es simplemente esa gestión legal recién explicada; pues ya hemos demostrado con otros  documentos y pruebas que en el libro registro de asociaciones se podían hacer asientos registrales tanto por la constitución de una sociedad, como por otras gestiones administrativas como cambios de sedes, nombramiento de nuevos administradores etc

Publicado en: General